Comité de Crédito

Comité de Crédito 


La labor de este comité es de suma importancia para la institución, ya que de el depende la utilización del activo generador de ingresos y su recuperación; cuyo objetivo es arbitrar todas las solicitudes de crédito de los socios, excepto aquellas de los consejos del mismo Comité (que son conocidas y aprobadas en reunión conjunta con los consejos de administración  y vigilancia), de suerte tal, que los prestamos supongan altas posibilidades de recuperación y bajos niveles de riesgos.

Este  comité fue electo con los siguientes cargos.


PRINCIPALES FUNCIONES:
a)     Conocer y aprobar la política de crédito de la cooperativa.

b)    Establecer los niveles a prestar con o sin garantía.

c)     Determinar los niveles de préstamos especiales o gerenciales.

d)    Conocer y aprobar las tasas de interés propuesta por la gerencia.

e)     Fijar en cada caso, los periodos de gracias y plazos de amortización.

f)      Definir los diferentes riesgos de la cartera de crédito y autorizar la provisión de reservas por valores de deudas a recuperación.

g)     Rendir el informe sobre el ejercicio que corresponda ante la asamblea general de socios.

h)    Conocer, aprobar o sugerir nuevas modalidades de crédito (líneas, emisiones de tarjetas, convenios recíprocos, etc.).

Estas funciones no están contenidas o redactadas tal cual en sus estatutos, más bien, se trata de derivaciones de los artículos comprendidos del 60 al 68.
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