Consejo Administrativo
El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Asamblea General
de Delegados y tendrá la representación de la sociedad.
De los
consejeros propuesto para el consejo de administración
se eligieron cuatros (4) para titulares, Dos (2) para suplentes, La nueva
directiva de este consejo quedo conformada de la manera siguiente.
Consejo de Vigilancia: Comité de Crédito: Comisiona de Educación:
En general, asumir las funciones de reglamentación
de los servicios de la cooperativa y ejercer todas aquellas que le corresponda
como órgano ejecutivo de los negocios de la sociedad y de que no estén
adscritos a otros organismos.
FUNCIONES:
a)
Elegir el Comisión
de Educación, el Comisión de Préstamos Morosos y otras Comisiones;
b)
Decidir sobre el
traspaso y devolución de los certificados de aportaciones y sobre la admisión o
renuncia de los socios;
c)
Determinar el monto
y naturaleza de las fianzas que deben presentar los funcionarios y empleados
que custodian y manejan fondos;
d)
Fijar las normas prestatarias,
cuantías, plazos máximos, interés y naturaleza de garantías;
e)
Delegar poderes
especiales en los gerentes.
f)
Gestionar o
adquirir los elementos necesarios para los servicios de la cooperativa.
g)
Determinar las
tareas y escalas de sueldos a los empleados de la cooperativa.
h)
Recomendar a la Asamblea General
la distribución de excedentes y el pago de interés sobre los certificados de
aportación;
i)
Presentar a la Asamblea General
los informes y balances generales de la cooperativa;
j)
Designar el banco o
bancos en los que se depositará el dinero y valores de la cooperativa;
k)
Decidir sobre
materia de acciones judiciales;
l)
Preparar su plan de
trabajo y presupuesto anual. Ver que se lleva sin sistema de contabilidad
adecuado y que se mantenga al día;
m)
Contratar los
servicios técnicos y económicos con agencias nacionales e internacionales para
lograr los fines y propósitos de la cooperativa;
n)
Reglamentar las
inversiones de fondos;
o)
Nombrar gerentes o
administradores de la cooperativa;
p)
Contratar prestamos
hasta el 50% del capital pagado;
q)
Resolver con el
IDECOOP las dudas que se encontraren en la interpretación del estatuto.